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BOLETíN INFORMATIVO : 002/2022 . FACTURACIóN 4.0 Y LEYENDAS FISCALES

ANTECEDENTES :

 

Es importante comentar que el pasado 31 de Diciembre del 2021, el SAT publicó en su sitio de internet las guías de llenado de los CFDI aplicables a la versión 4.0 de la factura electrónica,  que a partir del 1 de Enero del 2022 entró en vigor la versión 4.0 del CFDI, existiendo un periodo de “prueba o llamado convivencia” , entre la versión anterior 3.3 y la versión 4.0 el cual comprende del 1 de Enero al 30 de Abril de 2022.

 

Debemos de reconocer que es una obligación de los contribuyentes tanto personas fìsicas y morales de conformidad con Artículo 29 del Código Fiscal de la Federación (CFF), y el Artículo 39 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación (RCFF),en relación con la regla 2.7.1.21 Resolución Miscelanea Fiscal (RMF), y el capìtulo 2.7 de los comprobantes fiscales digitales por internet o factura electrònica de la Resolución Miscelanea Fiscal (RMF).

 

Þ                Objetivo del cambio, esto desde el angúlo de la autoridad fiscal :

 

1.     Beneficios: Reportar información más completa y correcta al SAT, contenida en las facturas, también conocidas como CFDI que expidan , a efecto de recibir mejores servicios.

2.     Facilitar la presentación: De declaraciones con información prellenada derivado de la información contenida en las facturas o CFDI.

Fuente: http://omawww.sat.gob.mx/factura/Paginas/reforma_fiscal.htm

 

Þ                Consideraciones importantes de la Versión 4.0 :

 

o   Incluirá de manera obligatoria el nombre y domicilio fiscal del emisior y del receptor.

o   Incluirá campos para identificar las operaciones donde exista una  exportación de mercancìas.

o   Identificará si las operaciones que ampara el comprobante son objeto de impuestos indirectos.

o   Incorporará nuevos apartados para reportar información respecto de las     operaciones con el público en general, así como, aquellas que se realicen a cuenta de terceras personas.

 

 

o   CANCELACIONESEs importante considerar que con este cambio , no serà tan facilmente realizar estos actos en las facturas ya emitidas, debido a que será necesario señalar el motivo de la cancelación de los comprobantes. Al mismo tiempo, al momento de señar el motivo de la cancelación la clave 01 “Comprobante emitido con errores con relación”, deberá relacionarse el folio fiscal del comprobante que sustituye al cancelado. Revisar la Actualización de plazos para realizar la cancelación de facturas.



De forma complementaria este boletín es complementario al Boletín 001/2022 , emitido el 14 de Enero del 2022, estas acciones de cambio dependen meramente del departamento de Tecnología de la Información en conjunto con el departamento de contabilidad y el departamento de comercio exterior; se resalta este punto debido a que la mayoría de los cambios están inmersos al sistema de facturación de la organización y deben de ser programados de forma correcta; insistiendo en poder construir una visión hoíticia de la organización considerando los aspectos contables, fiscales y financieros.

Por tal motivo los invitamos a seguirnos preparando , recordandoles que en CLI Grupo estamos para servirles, dentro de nuestras 4 áreas estratégicas : Aduanas, Logística, Auditoría y Sinergia.

¡PARA NOSOTROS NO HAY FRONTERAS!

 “SOLUCIONES AL COMERCIO EXTERIOR CLI”

 

Atentamente

Departamento de Auditoría – Enlace.



NOTA : Para obtener el boletín completo, favor de contactarnos por correo electrónico : comercial@mxcli.com.mx

 

 

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